Libro Primero — De las personas
Título Cuarto — Del registro civil
Capítulo IV De las actas de adopcion
Código Civil del Estado de Aguascalientes
Índice de la leyArtículo 76
Dictada la sentencia definitiva que autorice la adopción el adoptante o los adoptantes dentro del término de quince días presentarán al Oficial del Registro Civil de su domicilio copia certificada de las diligencias relativas, a fin de que se realice el registro correspondiente. El Juez en todo caso enviará al Registro Civil la copia mencionada para que se realice el registro de adopción.
(REFORMADO, P.O. 6 DE MARZO DE 2000)
Artículo 77
La falta del registro de adopción no sustrae a ésta sus efectos legales; pero se aplicará al responsable la multa señalada en el Artículo 73 de este Código.
(REFORMADO, P.O. 2 DE ABRIL DE 2012)
Artículo 78
El registro de adopción contendrá: nombre, apellidos, fecha, lugar de nacimiento y domicilio del adoptado, y los mismos datos del o de los adoptantes, incluyendo su nacionalidad, el nombre y demás generales de la persona o personas cuyo consentimiento hubiere sido necesario para la adopción; los datos esenciales de la resolución judicial, fecha en que causó ejecutoria y tribunal que la dictó. En todos los casos de adopción se cancelará el registro de nacimiento, si lo hubiere, y se extenderá un nuevo registro de nacimiento, en los términos del Capítulo I de este Título.
(REFORMADO, P.O. 6 DE MARZO DE 2000)
Artículo 79
Realizado el registro de adopción, se hará la anotación correspondiente en el registro de nacimiento del adoptado, y se archivará la copia de las diligencias relativas en el apéndice respectivo poniéndole el mismo número del registro de adopción.
(REFORMADO, P.O. 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024)
Artículo 80
El Juez o Tribunal que resuelva que una adopción queda sin efecto remitirá dentro del término de cinco días, contados a partir de la fecha en que cause ejecutoria la resolución copia certificada de la misma al Oficial del Registro Civil para que cancele el registro de adopción y rectifique el registro de nacimiento.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial