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Leyes Descargar AYA

Artículo 1838 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo III

En el caso de la prestación a que se refiere el artículo anterior, si quien la aceptó es de buena fe, sólo debe restituir lo equivalente a su enriquecimiento

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial