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Leyes Descargar AYA

Artículo 1986 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo IV

Los negocios jurídicos son de ejecución diferida, cuando ésta se deja para una época o épocas posteriores a su formación, según que el cumplimiento tenga que realizarse totalmente en un solo acto, o parcialmente mediante prestaciones periódicas sucesivas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial