Artículo 2049 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo VI
Si la obligación fue cumplida en parte, la pena se modificará en la misma proporción. Si la modificación no pudiere ser exactamente proporcional, el juez reducirá la pena de una manera equitativa, teniendo en cuenta la naturaleza y demás circunstancias de la obligación
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial