Artículo 2657 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo I
Por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes, por el solo convenio de ellas respecto al bien vendido y al precio, aunque el primero no haya sido entregado ni el segundo satisfecho
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial