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Artículo 259 Código Civil del Estado de Colima

Capítulo IX

Luego que la sentencia sobre nulidad cause ejecutoria, el padre y la madre propondrán la forma y términos de cuidado y la custodia de los hijos y el Juez resolverá a su criterio de acuerdo con las circunstancias del caso. (REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 1975)

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial