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Leyes Descargar AYA

Artículo 303 Código Civil del Estado de Durango

Capítulo II

Los alimentos comprenden:

I. La comida, el vestido, la habitación, la atención médica y hospitalaria, así como en su caso los gastos que se generen durante el embarazo, parto y postparto, la atención psicológica, afectiva y de sano esparcimiento y gastos funerarios;

II. Respecto de los menores, los gastos para estancias infantiles, educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y en el caso de mayores de edad para proporcionar algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a circunstancias personales;

III. Con relación a las personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su rehabilitación e integración social; y

IV. Por lo que hace a los adultos mayores que carezcan de capacidad económica, además de los alimentos se proporcionará todo lo necesario para su atención geriátrica. REFORMADO POR DEC. 307 P.O. 38 DEL 10 DE MAYO DE 2020

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial