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Leyes Descargar AYA

Artículo 3018 Código Civil del Estado de Guanajuato

Capítulo VI

El Juez deberá tomar en cuenta en la partición a su cargo, la situación personal de los herederos, los usos locales y el parecer de la mayoría.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial