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Leyes Descargar AYA

Parte Séptima — Del seguro, destrucción, ruina y reconstrucción del edificio

Título Séptimo — De las servidumbres

Capítulo II De las servidumbres legales

Código Civil del Estado de Guanajuato

Artículos 1165 al 1167 · 3 artículos

Artículo 1165

Servidumbre legal es la establecida por la ley, teniendo en cuenta la situación de los predios y en vista de la utilidad pública y privada conjuntamente.

Artículo 1166

Es aplicable a las servidumbres legales lo dispuesto en los artículos del 1215 al 1223 inclusive.

Artículo 1167

Todo lo concerniente a las servidumbres establecidas para utilidad pública se regirá por las leyes y reglamentos especiales y, en su defecto, por las disposiciones de este Título.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial