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Leyes Descargar AYA

Artículo 31 Código Civil del Estado de Jalisco

Capítulo II

La exhibición o reproducción por cualquier medio de la imagen; de la voz o de ambas de una persona, sin consentimiento de ésta y sin un fin lícito, conforme a lo dispuesto por los Artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, es violatoria de los derechos de personalidad.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial