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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De las Personas y de las Instituciones de Familia

Título Primero — De las Personas Físicas

Capítulo VI De la Limitación a la Capacidad de Ejercicio

Código Civil del Estado de Jalisco

Artículos 48 al 49 · 2 artículos

Artículo 48

La capacidad de ejercicio se reconoce por la ley a los mayores de edad, así como a las personas menores de edad emancipadas, en los casos que determine la ley.

Artículo 49

La interdicción y demás incapacidades que establezca la ley, son limitaciones a la capacidad de ejercicio.

Tratándose de niñas, niños y adolescentes se estará a lo dispuesto en la legislación general y estatal de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y este Código.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial