Artículo 1352 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XIV
Los derechos y obligaciones del poseedor precario se rigen, además de lo dispuesto en este Capítulo, por las disposiciones legales que regulen el cargo o acto jurídico, por virtud del cual recibió el bien o derecho ajenos.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial