Artículo 166 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo III
Todos los actos que ejecuten dentro de la órbita de sus facultades legales, son válidos y obligan al ausente.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial