Artículo 2542 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XII
Una vez pagado y recibido el precio, no procede reclamación sobre él, a menos que, al pagar o recibir las partes se hayan reservado el expresamente el derecho de reclamar.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial