Artículo 2572 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XIII
El porteador debe declarar los defectos del medio de transporte y es responsable por los daños y perjuicios que resulten si omite hacer esta declaración.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial