Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2885 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo XXII

La falta de pago no autoriza al acreedor para quedarse con el bien siendo aplicables al respecto las disposiciones conducentes de la prenda, para hacer efectiva la garantía.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial