Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2239 Código Civil del Estado de Quintana Roo

Capítulo PRIMERO

La culpa será grave cuando el obligado a conservar o custodiar, un bien ajeno, no observa la diligencia mínima que el común de los hombres pone en el cuidado de sus bienes; será, leve, cuando aquél no observa la diligencia media que acostumbra

el buen padre de familia en el cuidado de sus bienes, y será levísima, cuando el deudor no observa la diligencia máxima que acostumbra el diligentí simo padre de familia en el cuidado de lo suyo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial