Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De las Obligaciones

Título Segundo — De las Diferentes Especies de Obligaciones

Capítulo Primero — De las Obligaciones de Dar

Sección Primera La Prestación de Bienes

Código Civil del Estado de Quintana Roo

Artículos 2225 al 2227 · 3 artículos

Artículo 2225

La prestación de dar puede consistir:

l.- En la instalación del dominio de bien cierto;

II.- En la enajenación temporal del uso o goce de bien cierto;

III.- En la restitución de bien ajeno; o,

IV.- En el pago de bien debido.

Artículo 2226

El acreedor de bien cierto no puede ser obligado a recibir otro aun cuando sea de mayor valor.

Artículo 2227

La obligación de dar bien cierto comprende también la de entregar sus accesorios, salvo que lo contrario resulte del título de la obligación o de las circunstancias del caso.

Cómo se traslada la Propiedad de los Bienes.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial