Artículo 361 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo NOVENO
El modo o condición modal es una declaración accesoria de la voluntad, por la que el autor de una liberalidad le impone al agraciado con ella una carga, que puede consistir en usar de determinada manera el bien objeto del negocio jurídico sujeto a modo, o en darle un destino señalado.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial