Libro Primero — De las personas
Título Séptimo — Del parentesco y de los alimentos
Capítulo I Del parentesco
Código Civil del Estado de Tabasco
Índice de la leyArtículo 287
Cuáles reconoce la ley La ley no reconoce más parentesco que los de consanguinidad, afinidad y civil.
Artículo 288
Por consanguinidad El parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor.
Artículo 289
Por afinidad El parentesco de afinidad es el que se contrae por el matrimonio entre los parientes de las personas cónyuges. Disuelto el matrimonio desaparece el parentesco por afinidad en la línea colateral, pero subsiste en la línea recta, en todos los casos en que esta ley se refiere a tal parentesco.
Artículo 290
Asimilación del parentesco por concubinato La ley asimila al parentesco por afinidad, la relación que resulta por virtud del concubinato, entre el concubinario y los parientes de la concubina y entre los parientes de ésta y aquél. Esta asimilación sólo comprende a los parientes consanguíneos en línea recta, ascendente o descendente, sin limitación de grado, y su único efecto es constituir un impedimento para el matrimonio en términos de la fracción V del artículo160.
Artículo 291
Parentesco civil El parentesco civil es el que nace de la adopción plena. Este parentesco surge entre el adoptante y el adoptado y, además, en relación con los parientes del adoptante y del adoptado, con los mismos derechos y obligaciones derivados del parentesco consanguíneo.
Artículo 292
Grados Cada generación forma grado, y la serie de grados constituye lo que se llama línea de parentesco.
Artículo 293
Líneas La línea es recta o transversal: la recta se compone de la serie de grados entre personas que descienden unas de otras; la transversal se compone de la serie de grados entre personas que, sin descender unas de otras, proceden de un progenitor o tronco común.
Artículo 294
Línea recta La línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una persona con su progenitor o tronco de que procede; descendente es la que liga al progenitor con los que de él proceden. La misma línea es ascendente o descendente, según el punto de partida y la relación a que se atiende.
Artículo 295
Cómo se cuenta la línea recta En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones, o por el de las personas, excluyendo al progenitor.
Artículo 296
Cómo se cuenta la línea transversal En la línea transversal los grados se cuentan por el número de generaciones, subiendo por una de las líneas y descendiendo por la otra, o por el número de personas que hay de uno a otro de los extremos que se consideran, excluyendo la del progenitor o tronco común.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial