Artículo 1949 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo I
En el instrumento en que se haga constar la donación se especificarán los bienes donados, se dirá cual es el valor de cada uno de ellos en dinero y las cargas y obligaciones que se imponen al donatario.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial