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Leyes Descargar AYA

Libro Tercero — De las obligaciones

Título Sexto — De las diversas especies de contratos

Capítulo XV — De la hipoteca

Sección Primera Disposiciones generales

Código Civil del Estado de Yucatán

Artículos 2045 al 2075 · 31 artículos

Artículo 2075

(*) La hipoteca nunca es tácita ni general; para subsistir necesita de registro, y se contrae por la voluntad en los convenios y por necesidad en los casos en que la ley sujeta a alguna persona a prestar esa garantía sobre bienes determinados; en el primer caso se llama voluntaria, y en el segundo, necesaria.

Lo dispuesto en este artículo no se aplicará en los supuestos previstos en el primer párrafo del artículo 1229 Bis de este código.

DE LA HIPOTECA VOLUNTARIA.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial