Libro Segundo — De las personas
Título Primero — Disposiciones Generales
Capítulo Quinto Del estado civil
Código Civil del Estado de Zacatecas
Índice de la leyArtículo 36
Para los efectos de este Código el Estado civil de una persona es la situación jurídica concreta que guardan las personas con la familia, con la sociedad, y con el Estado; en todo lo no regulado por este Código se estará a lo que dispongan las leyes respectivas.
Artículo 37
El estado civil puede derivar de una relación jurídica o de una situación de hecho.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial