Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 654 Código Familiar del Estado de Michoacán

Capítulo II

Cesarán los efectos de la declaración de ausencia y el cargo de representante acaba:

I. Con el regreso del ausente;

II. Con la presentación del apoderado legítimo;

III. Con la declaración de presunción de muerte del ausente;

IV. Con la noticia cierta de su existencia;

V. Con la certidumbre de su muerte; y,

VI. Con la aceptación del cargo de albacea en el juicio sucesorio correspondiente.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial