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Leyes Descargar AYA

Libro Tercero — Del registro civil

Título Tercero — De la Nulificación, Reposición, Convalidación, Rectificación, Testadura y del levantamiento de las Actas del Registro Civil

Capítulo V De la Reposición de las Actas

Código Familiar del Estado de Sinaloa

Artículos 1196 al 1197 · 2 artículos

Artículo 1196

Procede la reposición cuando el acta ha sufrido una falsificación o alteración material después de asentada. Comprobado el delito deberá restituirse el texto a su forma original, anotando en el acta, el cambio que se hace y la sentencia que así lo haya ordenado.

Artículo 1197

La sentencia que conceda o niegue la rectificación, se comunicará al oficial del registro civil y a la Dirección Estatal del Registro Civil, a efecto de que se hagan las anotaciones correspondientes.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial