Título Cuarto — Sucesión legítima
Capítulo III De la sucesión de los descendientes
Código de Familia para el Estado de Yucatán
Índice de la leyArtículo 781
Igualdad de los descendientes para heredar.
Artículo 782
Concurrencia de descendientes con cónyuge, concubina o concubinario.
Artículo 783
Formas de heredar de los hijos o hijas y de ulterior grado.
Artículo 784
Forma de heredar de los descendientes de ulterior grado.
Artículo 785
Concurrencia de descendientes con ascendientes.
Artículo 786
Concurrencia de progenitores adoptantes y descendientes del adoptado.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial