Artículo 736 Código Familiar del Estado de Zacatecas
Capítulo QUINTO
Planificación Familiar es una concepción clara y actitud consciente sobre el número y espaciamiento de hijos que quieren tener, usando para el control de la fecundación de las medidas anticonceptivas que permita la ley.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial