Artículo 27 Código Penal del Estado de Coahuila
Capítulo Sexto
(Aplicación subsidiaria del código penal)
Cuando se cometa un delito no previsto en este código, pero sí en otra ley, respecto al que sean competentes los jueces penales del Estado de Coahuila de Zaragoza, se aplicará la última, y solo en lo no previsto por la misma se aplicarán las disposiciones de este código.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial