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Leyes Descargar AYA

Artículo 243 Sextus Código Penal del Estado de Hidalgo

Libro Segundo Título Octavo — Delitos contra el derecho de los integrantes de la familia a vivir una vida libre de violencia Capítulo IX — Violencia familiar

En los casos previstos en este Capítulo, el Ministerio Público o el Juez apercibirán al inculpado para que se abstenga de ejecutar cualquier tipo de violencia contra la víctima y decretarán de inmediato, en términos de lo que establezcan la Constitución, los tratados internacionales, leyes generales y locales, las medidas de protección necesarias para salvaguardar la integridad física y psíquica de la víctima durante la integración de la averiguación previa o el procedimiento penal, la autoridad administrativa vigilará el cumplimiento de estas medidas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 23 de noviembre de 2024.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial