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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los delitos en particular

Título Octavo — Delitos cometidos por servidores públicos

Capítulo VII Concusión

Código Penal del Estado de Nayarit

Artículos 251 al 253 · 3 artículos

Artículo 251

Comete el delito de concusión, el encargado de un servicio público que con tal carácter y a título de impuesto o contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, exija por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios, o cualquiera otra cosa indebida o en mayor cantidad que la señalada por la ley.

(REFORMADO, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2015)

Artículo 252

A los servidores públicos que cometan el delito de concusión, se les aplicará de uno a cinco años de prisión e inhabilitación inconmutable por el término de la pena impuesta.

Artículo 253

Las sanciones del artículo anterior, se aplicarán también a los encargados o comisionados por un funcionario público, que con aquella investidura cometan el delito de concusión.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial