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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los delitos en particular

Título Octavo — Delitos cometidos por servidores públicos

Capítulo X Tráfico de influencias

Código Penal del Estado de Nayarit

Artículos 256 al 259 · 4 artículos

Artículo 256

Al servidor público que por sí o por interpósita persona, influyere en otro servidor público o servidores públicos, valiéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal, jerárquica o de cualquier otra índole con éste, o con otros u otros servidor público, para tramitar un negocio o conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, o bien para afectar los servicios o funcionalidad del Estado, se le impondrá pena de prisión de tres a siete años y multa de ciento cincuenta a setecientos días. Si la conducta anterior produce un beneficio económico, la sanción se aumentará en una mitad más.

(REFORMADO, P.O. 8 DE NOVIEMBRE DE 2016)

Artículo 257

El particular que influyere en un servidor público o en un grupo de servidores públicos valiéndose de cualquier situación derivada de su relación personal o de cualquier otra índole con éste, estos o con otro u otros servidores públicos, para tramitar un negocio o conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente, un beneficio económico para sí o para un tercero, o bien para afectar los servicios o funcionalidad del Estado, será sancionado con pena de prisión de un mes a seis años y multa de cien a quinientos días. Si la conducta anterior produce un beneficio económico, la sanción se aumentará en una mitad más.

Artículo 258

El servidor público que, a cambio de dádivas, presentes o cualquier beneficio económico, ofrezca a un particular influir sobre otro servidor público, para que este último realice las conductas descritas en los artículos anteriores, será sancionado con pena de prisión de seis meses a un año.

Artículo 259

En todos los casos previstos en este Capítulo, las dádivas, presentes o regalos serán materia de decomiso.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial