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Leyes Descargar AYA

Artículo 186 Código Penal del Estado de Oaxaca

Capítulo III

Cuando de común acuerdo, quebrantaran las partes interesadas en un negocio civil los sellos puestos por la autoridad pública, pagarán una multa de cincuenta a quinientos pesos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 22 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial