Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — Delitos en particular

Capítulo Séptimo — Delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad de género 319

Sección Cuarta Lenocinio y trata de personas348

Código Penal del Estado de Puebla

Artículos 226 al 228 Ter · 6 artículos

Artículo 226

Comete el delito de lenocinio:

I. Quién obtenga una ventaja económica u otro beneficio procedente del comercio sexual de otra persona mayor de edad; y II. El que regentee personas o establecimientos, con el consentimiento de aquéllas, con la finalidad de que ejerzan la prostitución, obteniendo cualquier beneficio o lucro.;350 III. Se deroga.351 IV. Se deroga.352

V. Se deroga.353

Artículo 227

El lenocinio se sancionará con prisión de seis a diez años y multa de cincuenta a quinientas Unidades de Medida y Actualización. Se deroga.355

Artículo 227 Bis 356

Se deroga.

Artículo 228

Los delitos en materia de Trata de Personas y sus sanciones serán los que establece la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos.

Artículo 228 Bis

Se deroga.

Artículo 228 Ter

Se deroga.

31/dic/2012. DELITOS CONTRA EL LIBRE DESARROLLO DE LA SEXUALIDAD, EXPRESIÓN E IDENTIDAD DE GÉNERO.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial