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Leyes Descargar AYA

Artículo 146 Quáter Código Penal del Estado de Quintana Roo

Capítulo I

Las penas previstas para el delito de robo contenidas en el presente Capítulo, aumentarán hasta en una mitad, cuando se actualice alguno de los siguientes supuestos:

I. El sujeto pasivo del delito tenga la calidad de turista.

II. El sujeto pasivo del delito tenga la calidad de prestador de servicios turísticos y el delito se lleve a cabo sobre bienes necesarios para la prestación de esos servicios.

III. El sujeto pasivo del delito tenga la calidad de prestador de servicios turísticos y el delito se lleve a cabo durante el desempeño de sus servicios.

IV. El sujeto pasivo del delito tenga la calidad de trabajador turístico, y se encuentre desempeñando sus labores.

Para efectos de lo dispuesto en las fracciones anteriores, se entenderá que el sujeto pasivo del delito tiene la calidad de turista, prestador de servicios turísticos o trabajador turístico, cuando reúna las características que para ser considerado así, señala la Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo. Artículo adicionado POE 15-10-2021

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 19 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial