Artículo 277 Código Penal del Estado de San Luis Potosí
Capítulo V
[Quien ejecute actos violentos o agresivos en contra de un servidor o funcionario público, o agente de la autoridad, en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de uno a seis años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a trescientas unidades de medida de actualización, además de la que le corresponda por el delito cometido.] Artículo 277, párrafo primero declarado inválido por sentencia de la SCJN de la Acción de Inconstitucionalidad 147/2017; publicada en el DOF 30-04-2021y en el Periódico Oficial del Estado el 15 de abril de 2021.
(Párrafo segundo Derogado, P.O.E. 17 de Octubre de 2017) Se deroga.
(Párrafo tercero Derogado, P.O.E. 17 de Octubre de 2017) Se deroga.
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Texto tomado de STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial