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Título Décimo Séptimo — Delitos contra la economía pública

Capítulo I Delitos Contra el Consumo

Código Penal del Estado de San Luis Potosí

Artículos 344 al 345 · 2 artículos

Artículo 344

Comete el delito contra el consumo, quien:

I. Altera por cualquier medio, en su cantidad o calidad cualquier mercancía o producto de venta al público;

II. Produzca, distribuya, o venda cualquier mercancía o producto atribuyéndole cualidades que no tiene;

III. Oculta mercancía de la misma especie de la que exhibe, con el objeto de que se consuma la de menor calidad o de mayor precio, y

IV. Revenda boletos de acceso a cualquier tipo de espectáculo o evento a precio superior al de la venta al público.

(Reformado, P.O.E. 19 de Julio de 2017) Este delito se sancionará con una pena de uno a tres años de prisión, y multa de cien a trescientos días del valor de la unidad de medida y actualización, y se perseguirá por querella necesaria; excepto lo señalado en la fracción IV que se perseguirá de oficio.

Artículo 345

También comete el delito contra el consumo quien venda, distribuya o suministre bebidas alcohólicas adulteradas, entendiéndose por éstas aquéllas cuya naturaleza o composición no correspondan con las que se etiquete, anuncie, expenda, suministre, o cuando no coincidan las especificaciones de su autorización o hayan sufrido tratamiento que disimule su alteración, o encubra defectos en su proceso o en la calidad sanitaria de las materias primas utilizadas.

De igual manera comete el delito a que se refiere este artículo, quien comercialice bebidas alcohólicas que contengan una proporción mayor al 55% de alcohol etílico en volumen.

(Reformado, P.O.E. 19 de Julio de 2017) Este delito se sancionará con una pena de cuatro a siete años de prisión, y sanción pecuniaria de cuatrocientos a mil setecientos días del valor de la unidad de medida y actualización, además del decomiso de los objetos y productos del delito; de manera oficiosa el juez decretará la prisión preventiva.

Las penas previstas en este artículo se aplicarán independientemente de las que correspondan por la comisión de cualquier otro delito.

Texto tomado de STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial