Libro Segundo — Parte especial
Título Segundo — Delitos contra la seguridad pública
Capítulo III Armas prohibidas
Código Penal del Estado de Tamaulipas
Índice de la leyArtículo 168
Son armas prohibidas:
I.- Los puñales, verduguillos y demás armas ocultas o disimuladas en bastones u otros objetos;
II.- Los cuchillos, las navajas de muelle, o cualquier otro instrumento que aún siendo de uso doméstico o de actividad laboral o deportiva sirva para agredir;
III.- Los boxes, manoplas, macanas, correas con varas, pesas o puntas y las demás similares;
IV.- Las bombas, aparatos explosivos o de gases asfixiantes o tóxicos y los demás similares;
V.- Los abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de materiales que por su resistencia o contundencia, dañen o impidan el paso de vehículos particulares u oficiales; Fracción adicionada, P.O. No. 44, del 12 de abril de 2023.
VI.- Las armas réplica, que sin ser armas auténticas, parezcan, reúnan o simulen las características de éstas; y Fracción recorrida (antes fracción V), P.O. No. 44, del 12 de abril de 2023.
VII.- Las que otras leyes y reglamentos designen como tales. Fracción recorrida (antes fracción VI), P.O. No. 44, del 12 de abril de 2023.
Artículo 169
Se aplicará de seis meses a tres años de prisión y multa de quince a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, al que porte alguna de las armas a que se refiere el artículo anterior.
Tratándose de las señaladas en la fracción II del artículo anterior, solo se sancionara cuando sean portadas en lugares o reuniones públicas y no se justifique su portación.
En cuanto a las previstas en la fracción V del artículo anterior, sólo se sancionará su portación o posesión no justificada por su profesión, trabajo, oficio, actividad recreativa o comercial. Párrafo adicionado, P.O. No. 44, del 12 de abril de 2023.
(REFORMADA LA DENOMINANCIÓN DEL CAPÍTULO IV, Decreto No. LXI-52, P.O. No. 71, del 15 de junio de 2011).
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial