Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los delitos

Título Tercero — Delitos contra el servicio público cometidos por particulares

Capítulo VIII Disposiciones comunes para los delitos de este título

Código Penal del Estado de Tlaxcala

Artículo 186

Artículo 186

Al que cometa un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, además de las penas que correspondan por el delito cometido, se le impondrá de uno a tres años de prisión y multa de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Cuando las conductas a que se refiere este artículo, sean cometidas en contra de cualquier servidor público, que en términos de la Ley de la materia, participe en la prestación de servicios de salud, ya sea que forme parte de las dependencias y entidades que constituyen el Sistema Estatal de Salud o de los Municipios, durante el período que comprenda alguna epidemia, riesgo o emergencia sanitaria, la pena de prisión deberá aumentarse tres años más, además de la que le corresponda por el delito cometido. En este supuesto el delito se investigará de oficio.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial