Artículo 691 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Hidalgo
Capítulo I
Llegados los autos o el testimonio en su caso, al Tribunal Superior, éste sin necesidad de vista o informe dentro de los ocho días dictará providencia en la que decidirá sobre la admisión del recurso y la calificación del grado hecha por el Juez inferior. Declarada inadmisible la apelación se devolverán los autos al inferior; revocada la calificación se procederá en su consecuencia artículo 692 - en el mismo auto a que se refiere el artículo anterior mandará el Tribunal poner a la disposición del apelante los autos por seis días en la secretaría, para que exprese agravios. Del escrito de expresión de agravios se corre traslado a la contraria por otros seis días durante los cuales estarán los autos a disposición de ésta para que se imponga de ellos.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial