Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Quinto — Incidentes y recursos

Título Primero — Incidentes

Capítulo IV Que se tramitan para lograr la ejecución de sentencia

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nayarit

Artículo 632

Artículo 632

Se tramitarán en ejecución de sentencia, los siguientes:

I.- El de regulación de costas;

II.- Los que se promuevan para fijar el importe en cantidad líquida cuando la sentencia condene por ilíquida o daños y perjuicios sin fijar su importe;

III.- Los mencionados en los artículos 345, 348 párrafo segundo, 349, 350 y 411 fracción IV;

IV.- Los de las excepciones admisibles contra la ejecución de las sentencias y convenios judiciales; y

V.- La liquidación que tenga que hacerse de los gravámenes que afecten a los inmuebles vendidos, gastos de ejecución y demás.

(REUBICADO, P.O. 9 DE DICIEMBRE DE 2000)

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial