Artículo 229 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas
Capítulo I
La acción procede en juicio aun cuando no se exprese su nombre con tal de que se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado, y el título o causa.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial