Título Tercero — De la Población
Capítulo I De las Personas Habitantes
Constitución Política del Estado de Quintana Roo
Índice de la leyArtículo 35
Son habitantes del Estado todas las personas que se encuentran radicadas dentro de su circunscripción territorial.
Artículo 36
Son obligaciones de las personas habitantes del Estado: Párrafo reformado POE 19-03-2025
I.- Cumplir con los preceptos de esta Constitución, los de las leyes, reglamentos y disposiciones que de ella emanen, y
II.- Contribuir a los gastos públicos del Estado y del municipio en que residan en la forma proporcional y equitativa dispuesta en las leyes.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial