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Leyes Descargar AYA

Título LV — Del poder legislativo

Capítulo V — Del proceso legislativo, del proceso presupuestario y de la fiscalización superior

Sección Tercera De las Disposiciones Comunes

Constitución Política del Estado de Tamaulipas

Artículos 73 al 75 · 3 artículos

Artículo 73

El Ejecutivo no podrá formular observaciones a las resoluciones del Congreso, cuando éste ejerza funciones de Colegio Electoral o de Jurado, ni en los casos de aceptación de renuncias o convocatoria a nuevas elecciones.

Artículo 74

En la reforma, adición, derogación o abrogación de las Leyes, Decretos o Acuerdos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación.

Artículo 75

Las resoluciones del Congreso tendrán carácter de ley, decreto o acuerdo.

Las leyes o decretos se comunicarán al Ejecutivo firmadas por el Presidente y los Secretarios del Congreso, empleándose la siguiente formula: “El Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, decreta: (texto de la ley o decreto)”, y los acuerdos serán suscritos únicamente por los Secretarios.

Sección Cuarta De la fiscalización superior.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial