Capítulo Primero De las responsabilidades
Constitución Política del Estado de Zacatecas
Índice de la leyArtículo 147
Para los efectos de las responsabilidades a que se refiere esta Constitución, se reputará como personas servidoras públicas a las representantes de elección popular estatales y municipales; a las personas integrantes del Poder Judicial del Estado; a las personas funcionarias y empleadas de los Poderes Legislativo y Ejecutivo; a las personas integrantes del Instituto Electoral del Estado, de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, de la Fiscalía General de Justicia del Estado, del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Zacatecas, a las Magistradas y Magistrados de otros tribunales y, en general, a toda persona que desempeñe algún empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza al servicio de la Administración Pública centralizada y paraestatal, municipal, paramunicipal e intermunicipal, quienes serán responsables de los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus funciones. Párrafo reformado POG 15 de abril de 2009 (Decreto 268) y 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Párrafo reformado POG 07 de junio de 2025 (Decreto 124) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) Las personas servidoras públicas a las que se refiere este artículo, estarán obligadas a presentar anualmente, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes, de conformidad con lo que determinen las leyes aplicables. Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) Son inatacables las declaraciones y resoluciones que de conformidad con lo dispuesto en este Título, expidan la Legislatura o el Tribunal Superior de Justicia del Estado.
Artículo 148
La Gobernadora o el Gobernador del Estado, las Diputadas y los Diputados a la Legislatura local, y las Magistradas y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, así como las personas integrantes de los organismos a los que esta Constitución les otorgue autonomía, serán responsables por violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y las leyes que de ellas emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos. Párrafo reformado POG 31 de mayo de 2016 (Decreto 598); 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) y 7 de julio de 2018 (Decreto 420) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) La Gobernadora o el Gobernador del Estado durante el tiempo de su encargo y mediante juicio político o en su caso declaración de procedencia, sólo podrá ser acusada o acusado por violaciones graves y sistemáticas a la Constitución Política local, por actos u omisiones que obstruyan o impidan el libre ejercicio de la función de los derechos electorales y por delitos graves del orden común. Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)
Artículo 149
En los casos en que las personas servidoras públicas del Estado a quienes sea aplicable lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hayan sido objeto de juicio político ante el Congreso de la Unión y éste comunique a la Legislatura del Estado la resolución declaratoria de condena, el órgano Legislativo local procederá a decretar la destitución de la persona servidora pública y su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público. Artículo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)
Artículo 150
Las responsabilidades administrativas se regulan en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sin perjuicio de las siguientes prevenciones: Párrafo reformado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) y 7 de julio de 2018 (Decreto 420) I. Se impondrán, mediante juicio político, las sanciones de destitución e inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones a las personas servidoras públicas señaladas en el artículo siguiente, cuando en el ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho. Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) No procede el juicio político por la mera expresión de ideas;
II. La comisión de delitos por parte de cualquier persona servidora pública o particulares que incurran en hechos de corrupción, será sancionada en los términos de la legislación penal; Fracción reformada POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Fracción reformada POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) III. Se aplicarán sanciones administrativas a las personas servidoras públicas por los actos u omisiones que afecten los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Fracción reformada POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) y 7 de julio de 2018 (Decreto 420) Fracción reformada POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) Los procedimientos para la aplicación de las sanciones derivadas de las responsabilidades de las servidoras o los servidores públicos, se desarrollarán autónomamente. No podrán imponerse dos veces sanciones de la misma naturaleza por una sola conducta. Párrafo reformado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) y 7 de julio de 2018 (Decreto 420) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) Las leyes determinarán los casos y las circunstancias en los que se deba sancionar penalmente por causa de enriquecimiento ilícito a las personas servidoras públicas que durante el tiempo de su encargo, o con motivo del mismo, por sí o por interpósita persona, aumenten sustancialmente su patrimonio, adquieran bienes o se conduzcan como dueños sobre ellos, cuya procedencia lícita no pudiesen justificar. Las leyes penales sancionarán con el decomiso y la privación de la propiedad de dichos bienes, además de las penas distintas que correspondan. Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) Cualquier ciudadana o ciudadano, bajo su más estricta responsabilidad y mediante la presentación de elementos de prueba, podrá formular denuncia ante la Legislatura, en los términos que disponga la Ley, respecto de las conductas que puedan constituir hechos de corrupción. Párrafo reformado POG 7 de julio de 2018 (Decreto 420) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) … Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) y derogado 7 de julio de 2018 (Decreto 420) … Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) y derogado 7 de julio de 2018 (Decreto 420) Los entes públicos tendrán órganos internos de control, con las facultades que determine la Ley General de Responsabilidades Administrativas para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas; para sancionar aquellas que son distintas a las que son competencia del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos; así como presentar denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) y reformado 7 de julio de 2018 (Decreto 420) En el cumplimiento de sus atribuciones, a los órganos responsables de la investigación y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, no les serán oponibles las disposiciones dirigidas a proteger la secrecía de la información en materia fiscal o la relacionada con operaciones de depósito, administración, ahorro e inversión de recursos monetarios. Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) La Auditoría Superior del Estado, la dependencia encargada del control interno del Poder Ejecutivo y los órganos internos de control podrán recurrir, ante la autoridad competente, las determinaciones de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y del Tribunal de Justicia Administrativa. Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) y reformado 7 de julio de 2018 (Decreto 420)
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial