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Título Catorce — Derecho Procesal del Trabajo

Capítulo XIV De la Revisión de los Actos de Ejecución

Ley Federal del Trabajo

Artículos 846 al 856 · 11 artículos

Artículo 846

Se deroga. Artículo reformado DOF 04-01-1980. Derogado DOF 01-05-2019

Artículo 847

Una vez notificada la sentencia, cualquiera de las partes, dentro del término de tres días, podrá solicitar al Tribunal la aclaración de la resolución, para corregir errores o precisar algún punto. El Tribunal dentro del mismo plazo resolverá, pero por ningún motivo podrá variarse el sentido de la resolución. El error de mención de fecha, nombre, denominación o de cálculo podrá aclararse de oficio. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019

Artículo 848

Los Tribunales no pueden revocar sus propias resoluciones salvo aquellas que se combatan a través del Recurso de Reconsideración que contempla esta Ley.

Las partes pueden exigir la responsabilidad en que incurran los miembros de los Tribunales. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019

Artículo 849

Se deroga. Artículo reformado DOF 04-01-1980. Derogado DOF 01-05-2019

Artículo 850

Se deroga. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012. Derogado DOF 01-05-2019

Artículo 851

Se deroga. Artículo reformado DOF 04-01-1980. Derogado DOF 01-05-2019

Artículo 852

Se deroga. Artículo reformado DOF 04-01-1980. Derogado DOF 01-05-2019

Artículo 853

Se deroga.

Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012. Derogado DOF 01-05-2019

Artículo 854

Se deroga. Artículo reformado DOF 04-01-1980. Derogado DOF 01-05-2019

Artículo 855

Se deroga. Artículo reformado DOF 04-01-1980. Derogado DOF 01-05-2019

Artículo 856

Se deroga. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012. Derogado DOF 01-05-2019

Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de mayo de 2026. Documento oficial