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Leyes Descargar AYA

Artículo 46 Nonies Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla

Título Cuarto — Capítulo i77 de las responsabilidades y obligaciones

Cuando con la conducta indebida se ocasione un daño patrimonial a la Fiscalía General o al Gobierno del Estado, el infractor estará obligado a resarcir el daño en los términos que determine la Comisión.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Puebla / Orden Jurídico Poblano, con la reforma del 18 de agosto de 2023. Documento oficial