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Artículo 3 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro

Capítulo Primero

En el ejercicio de sus atribuciones, todos los servidores públicos de la Fiscalía General del Estado de Querétaro deberán conforme al artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Asimismo, rigen su actuar los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, eficacia, profesionalismo, honradez, imparcialidad, lealtad, confidencialidad, transparencia, responsabilidad, disciplina, integridad, rendición de cuentas y demás que se dispongan en la normatividad aplicable. (Ref. P. O. No. 92, 26-XII-17)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Querétaro. Documento oficial