Artículo 48 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí
Capítulo XIV
Dirección de Atención Inmediata y Justicia Alternativa.
La Dirección de Atención Inmediata y Justicia Alternativa, será la encargada de recibir y canalizar las denuncias de hechos posiblemente constitutivos de delito, quejas y peticiones de las personas, a las diversas áreas o Fiscalías Especializadas.
Preferentemente, de conformidad con la ley, se remitirán los asuntos al Centro de Métodos Alternos de Solución de Controversias en Materia Penal
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de San Luis Potosí, con la reforma del 23 de febrero de 2026. Documento oficial