Artículo 39 Ter Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Capítulo V
Nombramiento y Remoción del Titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
El titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción será designado por el Congreso del Estado, en términos del artículo 67 fracción I de la Constitución del Estado, previa convocatoria pública.
El titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción elaborará su proyecto anual de presupuesto para enviarlo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, por conducto de la Fiscalía General del Estado, para que se integre al Proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado, en el que se identificará el monto aprobado para esta Fiscalía durante el correspondiente ejercicio fiscal.
El Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción podrá ser removido por el Fiscal General por cualquiera de las causas siguientes:
I. No aprobar las evaluaciones de control de confianza;
II. Hacer uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes, alcohólicas u otras que produzcan efectos similares;
III. Incurrir en causas de responsabilidad en el ejercicio de su encargo, por faltas administrativas graves o penales; o
IV. Incurrir en cualquiera de las hipótesis delictivas perseguidas con motivo de su encargo, en ejercicio de sus funciones.
El Fiscal General deberá informar al Congreso del Estado de la remoción del Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, para efectos de lo previsto en el párrafo final de la fracción I del artículo 67 de la Constitución del Estado.
Nota: La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró, mediante sentencia de 5 de septiembre de 2016, la invalidez del Decreto 887, que contiene la adición de este artículo.
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN: G.O. 8 DE NOVIEMBRE DE 2016)
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Veracruz, con la reforma del 11 de diciembre de 2025. Documento oficial