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Artículo 58 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas

Capítulo VI

El Fiscal General deberá emitir el Plan de Gestión de Capital Humano, que tendrá como objetivo establece r la planeación estratégica y operacional del Servicio Profesional de Carrera. Será propuesto por el Director General del Servicio Profesional de Carrera en coordinación con la Dirección General de Administración, y aprobado por el Consejo de la Fiscalía.

El Plan deberá ser aprobado y revisado anualmente por el Consejo de la Fiscalía, pero en ningún caso podrá ser sustituido en su totalidad. Lo anterior, con el objetivo de darle continuidad.

El Plan deberá abordar todos los elementos que componen el Servicio Profesional de Carrera descritos en esta Ley.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Coordinación General Jurídica del Gobierno del Estado de Zacatecas, con la reforma del 30 de diciembre de 2017. Documento oficial